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Constituciones 92: Constitución del Consejo General del Instituto

Constituciones 92:

Constitución del Consejo General del Instituto


El Consejo General Ordinario del Instituto está formado por cuatro Consultores: de ellos el primer elegido es el Subdirector, el tercero el Secretario y el cuarto el Ecónomo.


El Subdirector tiene potestad ordinaria vicaria: hace las veces del Superior General cuando está ausente o impedido. En caso de muerte o dimisión del Superior General, asume interinamente el gobierno de la Congregación y de acuerdo con los demás miembros del Consejo, convoca el Capítulo General para la elección del nuevo Superior General del Instituto. Conviene celebrar cuanto antes dicho Capítulo General y no diferirlo más de seis meses. Durante este período, el Subdirector General no puede introducir ningún cambio en la disciplina religiosa ni en la administración.


El Secretario levanta actas de las sesiones del Consejo General, es responsable del Archivo del Instituto y se encarga de publicar el Boletín Oficial de la Congregación de Hijos de la Sagrada Familia, Jesús, María y José para la promulgación de las normas de gobierno y para la información del Instituto.


El Ecónomo administra los bienes confiados a la Curia General y supervisa la administración de las Viceprovincias.


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