Constituciones 90:
Elección del Superior General
El Superior General es elegido por el Capitulo General con la mayoría absoluta de votos por un período de seis años. Puede ser elegido para otro sexenio. Si, después de los tres primeros escrutinios, ningún religioso hubiese obtenido mayoría absoluta, se procede a un cuarto escrutinio, en el que tienen voz pasiva y no activa solamente los dos religiosos que en el escrutinio precedente tuvieron mayor número de votos. En el cuarto escrutinio, resultara elegido el que haya obtenido el mayor numero de votos. En caso de empate, se considera elegido el religioso más antiguo en profesión perpetua y en edad.
Para que un religioso pueda ser elegido Superior General, debe ser sacerdote de por lo menos treinta y cinco años de edad y diez de profesión perpetua, y haberse distinguido por su amor a la Iglesia y a la Congregación, por su vida ejemplar, dinamismo pastoral habilidad y prudencia en sus deberes y responsabilidades. No puede dimitir de su cargo sin el consentimiento de la Santa Sede.
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