Constituciones 82:
El nombramiento del Superior Mayor
El Superior de la Delegación es nombrado por el Superior General, con el voto deliberativo de su Consejo, entre los sacerdotes con diez años de profesión perpetua por lo menos después de una consulta apropiada. Ejerce la autoridad que el Superior General le haya delegado. Permanece un trienio en el cargo pudiendo ser nombrado para un segundo trienio y para un tercero, por razones especiales. Asiste por derecho propio al Capítulo General.
Constituciones 83:
Los Consultores del Superior Mayor
El Consejo de la Delegación asiste al Superior Delegado en todo lo referente al buen gobierno de la Delegación. Está formado por dos consultores a los cuales se les asignarán los cargos de Vicario, Secretario y Ecónomo.
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