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Constituciones 63: La formación religiosa de los profesos temporales

Constituciones 63:

La formación religiosa de los profesos temporales


Con la profesión temporal el religioso entra en una vida plenamente consagrada. En esta etapa el religioso, bajo la guía del Prefecto de escolares y del equipo formador, desarrolla los diversos aspectos de su vida y de su vocación religiosa y completa el proceso de maduración en orden a la profesión perpetua.


Esta formación, que abarca todos los aspectos de la persona y va unida a la formación doctrinal y pastoral específica del Instituto, es primordialmente espiritual. Procuran acrecentarse sobre todo aquellas actitudes que favorecen la vida de comunidad, como son el trato, el respeto mutuo, la sinceridad y la verdadera integración de la persona en el grupo.


Se procuran compaginar las actividades pastorales y catequéticas con el estudio, pues conviene que el religioso se ejercite con cuidado y diligencia en el trabajo pastoral por medio de oportunas experiencias a fin de que conozca, más con la práctica que con la teoria, la misión apostólica de nuestro Instituto y consiga un conocimiento más perfecto de nuestra vida.


Cada hermano estudia con los superiores el campo de especialización mas conforme con sus cualidades personales según la misión del Instituto y las necesidades de la Viceprovincia. Conserva sin embargo aquella disposición fundamental caracteristica de la vida religiosa.


Los profesos se hacen responsables, mediante compromisos concretos, de la marcha y progreso de la Comunidad y se les hace partícipes gradualmente de las decisiones y de sus consecuencias.


La vida del Escolasticado se rige por un horario aprobado por el Superior Mayor. Las actividades diarias son ordenadas con tal moderación y flexibilidad, que dan oportunidad de disponer de algún tiempo libre y de tomar iniciativas personales, pero respetando siempre las exigencias de la comunidad.

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