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Constituciones 35: El hogar de la Comunidad

Constituciones 35:

El hogar de la Comunidad


Nuestras casas no tienen ninguna apariencia de ostentación o de lujo. Son sanas y aptas para el desarrollo de la vida religiosa, espiritual e intelectual de los hermanos. Son nuestro hogar y nos encontramos a gusto en ellas.


En el uso de los medios de comunicación social, guardamos la necesaria discreción y evitamos cuidadosamente lo que desdice de la naturaleza y misión de nuestra vida consagrada.


La condición de nuestra vida familiar exige que haya en nuestras casas algunas partes reservadas exclusivamente a la Comunidad en las que no entran personas extrañas ni de otro sexo, a no ser por justa y razonable causa, a juicio del Superior. Hay también lugares apropiados para recibir las visitas. Se establecen los horarios más oportunos para no interferir en la vida la comunidad.


Asimismo, de acuerdo con las disposiciones de los Superiores Mayores, visitamos a nuestros familiares para hacerles partícipes de nuestra vivencia nazareno-familiar.


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