Tenemos por cierto que nuestra familia religiosa no es sólo fruto de un plan humano, sino nacida de una inspiración e iniciativa de Dios. La Iglesia ha reconocido esta presencia activa del Espíritu Santo, que es el fundamento de nuestra certeza y la fuerza de nuestra debilidad, con la aprobación del Instituto mediante el Decreto Attenta salutarium, del día 22 de junio de 1901.
Directorio 1:
1. Las CONSTITUCIONES son el código fundamental de nuestra familia religiosa y nos obligan a todos a cumplir con fidelidad sus directrices y a vivir su espíritu. Contienen la voluntad y las intenciones de nuestro Fundador, corroboradas por la autoridad de la Iglesia, acerca de la naturaleza, fin, espíritu y carácter propio de nuestro Instituto, así como sus sanas tradiciones; todo lo cual constituye el patrimonio del Instituto.
Este DIRECTORIO y los Acuerdos del último Capítulo General desarrollan los aspectos normativos de las mismas.
Debemos leer y meditar a menudo estas Constituciones y este Directorio para impregnarnos de su espíritu y conformar a ellos nuestra vida. Para ello la Comunidad señala tiempos de reflexión y diálogo. Una vez al año se leerán en comunidad las Constituciones y el Directorio completos.
Comments