Artículo 7: INGRESO EN LA ASOCIACIÓN
Son miembros de la Asociación las familias cristianas y todas las personas que se consagran a la Sagrada Familia y hacen propio, según su estado, el camino de la Asociación. Los compromisos asumidos no obligan de por sí bajo pena de pecado.
La consagración a la Sagrada Familia se hace mediante la formula aprobada, de una forma pública, ante el propio párroco o el sacerdote encargado. La familia consagrada queda inscrita en el Registro de la Asociación. El consejo nacional le extenderá un certificado de pertenencia a la misma.